Las licencias pagas o «yukyu kyuka有給休暇” es un derecho del trabajador estipulado en el artículo 39 de la Ley de Normas Laborales de Japón. Una cosa es el descanso obligatorio de por lo menos 1 día a la semana denominado «hotei kyuka” para los que trabajan 40 horas semanales y los descansos transferidos «furikae kyujitsu” o los descansos compensatorios «daikyu” que están relacionados al descanso obligatorio. Lo que la ley japonesa estipula en el «yukyu kyuka” son las vacaciones pagas. En realidad, no tienen ninguna obligación de rendir cuenta a dónde van a estar o ir de vacaciones, pero en la práctica laboral y el sentido de pertenencia y lealtad a la empresa de los mismos empleados, ha hecho que se tenga más en cuenta los argumentos de la patronal que el ocio o el descanso que merecen los trabajadores.
A pesar de que el «yukyu kyuka” contempla 10 días de descanso desde el primer año de trabajo hasta un máximo de 20 días según la antigüedad, los japoneses solo toman en promedio la mitad, el 51.1% (si es pequeña empresa el 44%), de lo que les corresponde. Este problema junto al exceso de horas de trabajo en algunas tareas y empresas sigue provocando el «karoshi” o muerte por exceso de trabajo que es un siniestro laboral «rosai”. Es una de las partes más vergonzosa del mundo empresarial japonés.
Encima, actualmente con la escasez de mano de obra hace que las empresas cumplan menos los horarios y los límites de horas extras. Para el sector gastronómico, de la salud, atención en los geriátricos, turismo y hotelería y procesamiento de alimentos, entre algunos, la situación de «escasez” de trabajadores es tan crítica que desde abril recibirán unos 100.000 practicantes asiáticos en el primer año hasta un total de 370.000 en los próximos 5 años. Tendrán el visado de «tokutei gino” (técnico específico) que ha sido creado para esta ocasión o el de prácticante «gino jisshu” que es el que han venido dando hasta ahora.
Dentro de una mayor precariedad que ya ronda el 40% de la población laboral activa y aumento de extranjeros regulados por «contratistas autorizados”, es de entender que la carga laboral a los que ya trabajan como «shain” (planta permanente) o tienen cierta antigüedad será mayor. Para paliar esta situación de mayor trabajo y escasez de personal, los que ya saben hacer su trabajo deben administrar y capacitar a los novatos, incluyendo a esta nueva masa de extranjeros que en total supera ya el medio millón.
Además, los japoneses en general son excesivamente moderados en el reclamo de sus derechos laborales. Por eso, a pesar de que la ley les ofrece una serie de descansos pagos y otras que las empresas dan para el ocio o eventualidades de la familia (boda, sepelio, etc.), no las toman o las toman con discreción y jamás lo que la ley estipula. Por eso, llegan apenas al 51%. El principal problema es que este derecho estaba supeditado en parte por la jurisprudencia de que en temporada de mucho trabajo se coordine con el empleador para no generar vacíos de producción y pérdidas a la empresa. Conociendo el sentido de responsabilidad de los japoneses este pensamiento no regulado por ley ha creado una actitud pasiva sobre un derecho que tienen y merecen.
El mencionado artículo 39 dice que para gozar de esta licencia es necesario que tenga por lo menos 6 meses de trabajo continuo (antigüedad) con un 80% de asistencia. Desde el segundo semestre del primer año podrán tener 10 días y así sucesivamente hasta tener 20 días al cumplir 6 años y medio de trabajo. No puede «comprarse” las licencias o sea que el trabajador no puede recibir una paga extra por los días no consumidos, aunque de hecho hay arreglos similares en muchas empresas. Y si la empresa se rehúsa a darlas estas podrán ser penalizadas con multas. A pesar de que muchos no cumplen son pocos los multados por la Inspectoría de Trabajo. En el mismo artículo señala que los que trabajan a tiempo parcial «part-time” o «arubaito” (temporal) también gozan de este derecho de manera proporcional. Y las directivas ministeriales dan cuenta que, aunque trabajen tercerizados con contratos de meses, pero renovados «eternamente” también tienen el derecho de reclamar esta licencia a la contratista, pues éste es el empleador.
Y esta reforma que entrará en vigor el 1º de abril de 2019 exige que las empresas otorguen por lo menos 5 días de esta licencia paga «yukyu kyuka” de manera obligatoria, sin excepción alguna, en el año que tienen que consumirlas. Las pequeñas empresas o las familiares tampoco quedarán exentas de esta regulación y las firmas que no cumplan serán multados con hasta 300.000 yenes (art. 120 de la LNL). Y si el empleador hace caso omiso de dar esta licencia ante el reclamo del trabajador podría tener la misma multa o prisión máxima de 6 meses (art. 119). Aunque el trabajador no las solicite, sea por olvido o por considerarlo innecesario, el empleador estará obligado a dar como mínimo estos 5 días. La empresa tiene la obligación de planificar mejor sus actividades y coordinar con el trabajador la fecha más adecuada y conveniente. O sea, ya no habrá excusa de no darlas ni de no tomarlas. La reforma a la ley intenta garantizar un poco por la fuerza de que el trabajador descanse por derecho y no deje pasar el tiempo o posponer sus vacaciones que en ocasiones termina no tomándolas. Tampoco hay que olvidar que estas licencias prescriben en 2 años.
Las empresas se ven obligados a respetar y cumplir lo que corresponde, a re-programar mejor sus tareas en base a esta premisa y ya no pueden excusarse argumentando el problema de la «escasez de mano de obra” o «aumento de trabajo no previsto”. La productividad laboral del sector comercio y servicios de Japón es baja a comparación de los demás países industrializados y es hora de que asuman que no pueden atender las 24 horas en todas las tiendas de conveniencia ni preparar todas las viandas de arroz o sándwiches para las 7 u 8 de la mañana. Y si lo quieren hacer deberán pagar la debida suma con el complemento exigido por ley.
Y los mismos consumidores japoneses también deben aprender a esperar o hacer colas sin protestar, que el ritmo de trabajo de los empleados puede variar y que los descansos intermedios son necesarios para un mejor rendimiento, sean en supermercados, tiendas o restaurantes. Además, que los trabajadores eventuales o precarios tienen el derecho de ganar un salario por hora más digno. Hace unos días los medios anunciaban que la USJ-Universal Studios Japan, un enorme parque de entretenimiento ubicado en Osaka aumentará 30 yenes el salario/hora para los trabajos eventuales o por horas. De 1000 yenes a 1030 yenes, que suena más a broma en el día de los inocentes.
Desde ahora se irán produciendo diversos cambios y algunas mejoras en el ejercicio de los derechos laborales, pero paralelamente la presencia de más trabajadores extranjeros con un visado híbrido que fomenta la precariedad laboral en muchas actividades no propicia un ambiente favorable a que los empleados en general reclamen con más decisión sus derechos.
De todos modos, dentro de lo que es viable, aunque trabajen tercerizados, no hay que dejar de solicitar a la contratista estas licencias pagas. Si a pesar de reclamar con paciencia y respeto varias veces no hay una respuesta satisfactoria, no duden ir a la Inspectoría de Trabajo (Rodo Kijun Kantoku-Sho) o a las Oficinas Públicas de Asistencia Laboral (Rodo Sodan Center) para denunciar esa inaceptable actitud empresarial.
Ministerio de Trabajo de Japón:
https://www.mhlw.go.jp/content/000463186.pdf
Artículos varios: http://latin-a.com/category/Temas+Laborales/
Inspectoría de Trabajo de todo Japón, por Prefecturas (gratuito) https://www.mhlw.go.jp/stf/seisakunitsuite/bunya/koyou_roudou/roudoukijun/location.html
Oficinas Públicas de Asistencia Laboral, por Prefecturas (gratuito):https://www.mhlw.go.jp/general/seido/chihou/kaiketu/soudan.html