Si una persona afiliada a la Pensión Social (Kosei Nenkin 厚生年金) sufre de una discapacidad que corresponde al grado 1 o grado 2 de la Pensión Básica por Enfermedad o Lesión (Shougai Kiso Nenkin 障害基礎年金), podrá recibir una pensión adicional a la cantidad de la pensión básica.
Además, cuando la dificultad o discapacidad es más leve y no corresponde al grado 2, podrá recibir la Pensión Social por Enfermedad o Lesión de grado 3 (San-kyuu no Shougai Kosei Nenkin 3 級の障害厚生年金).
Los requisitos para recibir esta pensión son los mismos establecidos para la Pensión Básica por Enfermedad o Lesión.
Fuente: Servicio de Pensiones de Japón (Nihon Nenkin Kikou 日本年金機構)