No siempre hay información sobre cómo es la gestión de las organizaciones públicas en Japón. En muchos casos, ese es el motivo principal por el cual nos confundimos a la hora de hacer nuestros trámites o consultas. A continuación, les comparto un poco sobre la gestión y organización de los diferentes órganos públicos japoneses.
-AUTONOMÍAS LOCALES-
El sistema japonés de autonomía local se basa en dos principios fundamentales: en primer lugar, en el fomento del derecho a establecer entidades públicas locales autónomas, con base en áreas geográficas determinadas que tienen cierto grado de independencia del Gobierno nacional; en segundo lugar, en la idea de “autonomía de los ciudadanos”, mediante la cual los residentes de estas áreas locales participan en la actividad y la controlan, en diversos grados de las entidades públicas locales. El sistema japonés de autonomía local surgió durante la Segunda Guerra Mundial a partir del concepto de entidades locales autónomas. Después de la Guerra, el concepto de autonomía ciudadana se incorporó en mayor medida. Los principios fundamentales de la autonomía local están planteados en la Ley de Autonomía Local (Chiho Jichi Ho), que da especial validez al principio de autonomía local tal como se garantiza en el Capítulo VIII de la Constitución Japonesa. Esta ley especifica los tipos y marcos de organización de las entidades públicas locales, así como los principios para su administración. También especifica la relación entre estas entidades locales y el gobierno central. Las fundamentales entidades públicas locales de Japón, a saber, ciudades, pueblos y aldeas (shichoson), las divisiones especiales (tokubetsuku) de Tokio, y las prefecturas (todofuken), se llaman gobiernos locales. Actualmente, Japón cuenta con 792 ciudades, 743 pueblos y 183 aldeas, en total 1.718 municipios.
-GOBIERNOS LOCALES-
Como se establece en la Ley de Autonomía Local, las prefecturas están encabezadas, desde el punto de vista administrativo, por los gobernadores (chiji), mientras que las ciudades, pueblos y aldeas están bajo la tutela de alcaldes. Estos funcionarios representan a los gobiernos locales en sus relaciones externas y ejercen sus cargos a la par que las asambleas locales electas, las cuales constituyen los foros para la discusión de los asuntos locales. Los gobernadores y alcaldes se eligen por periodos de cuatro años por medio del voto popular directo y son responsables ante la ciudadanía local. Las asambleas locales están compuestas por miembros elegidos por los votantes locales. Algunas de las funciones de estas asambleas son la creación o abolición de ordenanzas locales, determinación de los presupuestos del gobierno local y aprobación de las cuentas públicas. Asimismo, verifican el trabajo realizado por los cuerpos locales, ya sea por su propia iniciativa o porque el gobierno central les delegue dicho trabajo. También están encargadas de solicitar que las comisiones correspondientes de los gobiernos locales realicen auditorías y participan en la selección de los funcionarios locales relevantes (por ejemplo, vicegobernadores, vicealcaldes, etc.). Su trabajo es llevado a cabo en gran parte por los comités permanentes (jonin iinkai).
En tantos órganos de discusión y toma de decisiones, las asambleas locales son, junto con los órganos ejecutivos centrados alrededor de los gobernadores y alcaldes, los componentes más importantes del gobierno local. Sin embargo, se ha señalado que las iniciativas autónomas y las actividades de estas asambleas tienden a ser inadecuadas, en virtud de que la mayoría de las propuestas
que se debaten en su seno son, de hecho, elaboradas y presentadas por los equipos de los gobernadores o alcaldes. Los jefes de los gobiernos locales son elegidos directamente por la ciudadanía. Esto contrasta con la manera indirecta en la que se elige al Primer Ministro, es decir, a través de los votos de los miembros de la Dieta. Tanto las asambleas locales, que son órganos de deliberación y toma de decisiones, como los jefes de los gobiernos locales, que son, por decirlo de alguna forma, órganos ejecutivos, se eligen de acuerdo con la voluntad de los ciudadanos y tienen una especie de envergadura paralela. La creación de este patrón democrático fue concebida como una autonomía apropiada, mediante las supervisiones que ejercen mutuamente las asambleas y los titulares de los gobiernos locales. Las personas que están empleadas por las entidades públicas locales a nivel prefectural, o en niveles inferiores, reciben el nombre de servidores públicos locales. Este término generalmente se refiere a las personas en puestos del servicio público ordinario, excluyendo los cargos especiales como gobernador, vicegobernador, alcalde, vicealcalde, tesorero, etc. Los asuntos relacionados con la contratación, remuneración y condiciones de trabajo de los servidores públicos locales se deciden conforme a las regulaciones que son similares a aquellas que conciernen a los servidores públicos nacionales y que están contenidas en la Ley de Servidores Públicos Locales. Los gobiernos locales prestan una variedad de servicios críticos a sus residentes, tales como servicios policiacos y de bomberos, así como varias organizaciones e instalaciones sanitarias y de bienestar.
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Por Carlos Watanabe Shizulatinos