– Shobyo Teatekin / Kyugyo Hosho + Kyugyo Teate -, hay dos + 1, no confundirse.
Siendo asalariado uno debe estar afiliado al seguro de salud «kenko hoken” del shakai hoken. Y si necesita tratarse por una enfermedad o lesión, lo que debe hacer es ir al médico o al hospital para que le indiquen el tratamiento y comprar los debidos medicamentos. El seguro cubrirá el 70% y el trabajador debe pagar solo el 30% (los mayores de 70 años hasta 75 años el 20%). Sin embargo, qué pasaría si el médico ordena una operación, internación, programa de rehabilitación, etc. que impida ir a trabajar.
¿Quién pagaría por esos días no trabajados?
Podría pagar el mismo empleador y si lo hace, con eso quedaría saldada esta asignación y sería una tranquilidad para el trabajador. Pero si no lo hace, el empleador debe tramitar ante la Oficina de Shakai Hoken a fin de que pague la asignación llamada «Shobyo Teatekin傷病手当金”. Es la dos tercera parte del salario promedio del último año y cubre a partir del cuarto día de que el trabajador está impedido en prestar servicio por reposo o tratamiento médico. Si es una operación muy pequeña y al día siguiente es dado de alta y al cuarto día puede ir a trabajar, obviamente no se podrá acceder al pago de esta asignación por licencia médica. Esta paga cubre hasta un máximo de 18 meses por cada lesión o enfermedad.
A veces ocurre que la empresa paga una asignación «X” estipulada en su reglamento interno por cada día de esta licencia, y en esos casos la seguridad social hace un cálculo para pagar solo la diferencia hasta llegar al valor que estipula la ley. Hay una tabla de referencia y por ejemplo si el trabajador gana 180.000 yenes al mes, el monto de la asignación es de 4.000 yenes al día. Si el trabajador tuvo que estar de licencia dos semanas (15 días) se le pagará 60.000 yenes. Si el salario es de 240.000 yenes, son 5.333 yenes al día, por lo que la paga será de 79.995 yenes por los 15 días de reposo médico. El trámite lo debe hacer el empleador y en cada ocasión debe presentar la constancia médica y llenar el formulario respectivo.
Cuando el tratamiento médico se prolonga mucho es necesario ver si el trabajador quedará en una condición adecuada o aceptable para retomar el trabajo o si es necesario evaluar un cambio de tareas o de destino, o una renuncia acordada porque ha quedado impedido de realizar tarea alguna o solo por horas y de manera muy limitada. Cabe recordar que durante el tiempo que dura el tratamiento o cuando la empleada está por licencia de maternidad, el empleador no puede despedir unilateralmente al trabajador; aunque, pasado los 30 días de finalizado el tratamiento sí es posible dar por terminado el contrato previo aviso.
Y en cuanto a la paga por una licencia médica de lesión o enfermedad causada por el trabajo, el trabajador podrá recibir una paga del 60% + 20% de parte del Estado a través del seguro de siniestros laborales «rosai hoken”. Desde luego, es la Inspectoría de Trabajo «rodo kijun kantokusho” la que debe admitir o no en base al informe médico, si esa lesión o enfermedad ha sido por el trabajo. La paga se denomina «kyugyo hosho kyufu 休業補償給付” y la empresa debe presentar para esta paga el reporte salarial del trabajador a la Inspectoría. Al igual que la paga mencionada párrafos arriba, la asignación es a partir del 4º día. Los primeros tres días lo tiene que asumir el empleador.
Cuando el empleador es poco colaborador o reacio a remitir las debidas documentaciones, es necesario que el trabajador afectado o el familiar denuncie esa actitud ante la Inspectoría.
En esta situación tampoco puede ser despedido unilateralmente por el empleador, pero cuando se trata de tratamientos prolongados o situaciones donde el retorno al trabajo previo no es viable, se puede acordar una renuncia con una paga única por parte del empleador. Sin embargo, cuando la lesión ha sido por una negligencia agravada de la empresa, es recomendable consultar con un abogado para exigir una indemnización mayor. Más allá de la responsabilidad civil del empleador, si la lesión o enfermedad es compleja y requiere un tratamiento prolongado o queda total o parcialmente impedido trabajar, el mismo seguro «rosai hoken” es el que asume las diversas pagas, sea una indemnización única o una pensión vitalicia, según el grado de secuela que fije la autoridad médica y administrativa.
Además, hay una tercera paga llamada «kyugio teate休業手当” que son licencias dadas por la empresa a sus trabajadores porque por ejemplo se ha roto la máquina o el equipo de la línea, por suspensión de actividades ordenada por autoridad sanitaria o por reducción de clientes de un comercio, etc. O sea, son situaciones provocadas por problemas de la empresa y no por una lesión o negligencia del trabajador.
En estos casos, la empresa tiene la obligación de pagar el equivalente al 60% de salario promedio. Cuando la empresa no puede funcionar porque se produjo una huelga de transportes, no es necesario pagar esta asignación.
Dentro de los trabajadores latinos suelen utilizar la palabra «teate”, «hosho”, «kyufu”, de manera indiscriminada, pero tienen que comprender que una cosa son lesiones y enfermedades propias y otran las provocadas por la realización del trabajo. Y una tercera, que es la provocada por la misma empresa.
1) Shobyo Teatekin, paga por licencia médica del seguro de salud del «shakai hoken” https://www.kyoukaikenpo.or.jp/g3/cat320/sb3170/sbb31710/1950-271
2) Kyugyo Hosho, paga por licencia médica del seguro contra siniestros laborales «rosai hoken” http://www.mhlw.go.jp/new-info/kobetu/roudou/gyousei/rousai/dl/040325-13-02.pdf
Por: Lic. Alberto Matsumoto