Visas por matrimonio: Consideraciones a tomar en cuenta

En primer lugar, vamos a definir ciertos términos para poder comprender el mundo de los visados.

He observado que en los diversos tipos de visados existentes en la actualidad algunos tipos de permisos de residencia por causa de matrimonios, los cuales frecuentemente son afectados con cancelaciones de los visados o la imposibilidad de extenderlos por diversos motivos, muchas de estas causas se deben a la dependencia del matrimonio.

Las personas no descendientes casadas con residentes en Japón y que no cuentan con la visa de Residente Permanente (永住者), básicamente contarán con estos tipos de visados registrados en su carnet de residencia o Zairyu Card (*Existen otros tipos de permisos de residencia por matrimonio que no son mencionados):

1. Personas dependientes de extranjeros con permisos de Residencia Permanente, este tipo de visado es Spouse or Child of Permanent Resident o Eijuusha no haigusha (永住者の配偶者等).

2. Personas que son dependientes de residente japonés, este tipo de visado es Spouse or Child of Japan National o Nihonjin no haigusha (日本人の配偶者等).

3. Personas que no califican en otros tipos de visados, pero su estadía se debe al matrimonio, este tipo de visado es Long Term Resident o Teijuusha (定住者).

Consideraciones:

En el caso de los matrimonios, estos visados básicamente les son entregados ante la necesidad de residir junto al cónyuge, por lo cual, si dejara de existir este motivo o por diversas causas existiera el alejamiento físico entre ambos por tiempo prolongado, la oficina de inmigración tomará muy en cuenta las causantes al momento de que presente la solicitud del visado.

 

En caso de separación:

Si por diversos motivos tienen la necesidad de separarse frecuentemente o por un periodo mayor a 6 meses, se recomienda dar explicaciones y detalles para explicar dichos acontecimientos.

 

Por violencia doméstica (DV):

Les puedo recomendar en este caso preparase para realizar su solicitud de visado, dando explicaciones muy detalladas sobre la situación, además de reunir pruebas para presentarlas en el momento de realizar la solicitud del visado.

Denuncia policial: En caso de existir violencia, sin tener ningún tipo de duda se debe denunciar a la policía inmediatamente, la policía vendrá a calmar y evitar problemas mayores. Además, posteriormente, usted podrá utilizar este tipo de registros al momento de solicitar su visa y explicar las circunstancias de su caso; en caso de no realizar la denuncia respectiva, al momento de tratar de demostrar su caso, lamentará el no haberlo hecho.

Certificado médico: En caso de violencia y sufrir daños físicos, es recomendable asistir a un hospital cercano y solicitar un certificado médico (shindansho 診断書), este documento podrá ser usado como registro de los acontecimientos al momento de solicitar su visado.

Ayuda del gobierno local: En caso de solicitar ayuda a su municipalidad, ellos buscarán cuidar de su bienestar y de sus hijos si fuera el caso, igualmente le ayudarán con sus registros al momento de solicitar su visado.

Divorcio: En caso de realizar el divorcio se tomará en cuenta las circunstancias, pruebas y argumentos que pueda alegar para su solicitud de visado. Básicamente al divorciarse o separase de su cónyuge podría no ser posible extender su visado, por eso recomiendo tomar muy en cuenta las circunstancias en su caso y asesorarse debidamente.

«Existen muchos casos parecidos, pero nunca son iguales”

Recordarles que por más que los casos sean similares, no siempre tendrán la misma decisión por parte de la oficina de inmigración. Muchas veces al querer imitar la forma de cómo un familiar o amistad realizó su trámite, nos damos con la sorpresa que la respuesta a nuestra solicitud no fue la misma; y las causas de esto mayormente se deben a que siempre habrá diferencias por motivos de edad, tiempo de residencia en Japón, nacionalidad, forma de ingreso al país, historial de residencia, antecedentes, leyes migratorias, años en que se dieron los acontecimientos, etc.

Por: Lic. Marcos Nakashima
Daikei consulting www.daikeicorporation.co.jp
consultoria@daikeicorporatrion.co.jp

 

You cannot copy content of this page