11 de Octubre de 2022, El miércoles 28 de septiembre compartimos la noticia en nuestro programa radial Latin-a junto Marcos Nakashima (especialista en temas migratorios) sobre los cambios en el visado y la forma de ingresar a Japón a partir de hoy, Por lo que queremos dar seguimiento a información que puede ser mucha utilidad.
En esta noticia recopilamos la información que conocemos hasta el momento, sobre las nuevas medidas para el ingreso a Japón en un periodo corto (menor a 90 días) implementadas hoy 11 de octubre de 2022.
Perú y Colombia
En la lista de los países que estarán exentos de tramitar una visa para viajes cortos (menores a 90 días) que presento el Ministerio de Relaciones Exteriores de Japón no aparecen Perú y Colombia, pero si aparece la siguiente mención al final del articulo:
“Se recomienda a los nacionales de Perú (desde el 15 de julio de 1995) y Colombia (desde el 1 de febrero de 2004) que obtengan una visa con anticipación, de lo contrario serán estrictamente examinados y se les puede negar la entrada a Japón.”
Por parte de la Embajada de Japón en Perú no hay ningún aviso de un posible cambio en su portal web sobre este tipo de visado.
En el portal web de la Embajada de Japón en Colombia se menciona que debido a los cambios de este 11 de octubre de 2022, la solicitud de visas vuelve a la normalidad, pueden ver la información en el siguiente link: Visa de corta estadía
México
En el sitio web de la Embajada de Japón en México se dio la siguiente noticia “Para los mexicanos aplicará nuevamente la cláusula de entrada al país sin visa para viajes menores a 90 días que no incluyan remuneración alguna.”
“A partir de las 00:00 del 11 de octubre de 2022 (tiempo de Japón) se reactivará la validez de las visas de entrada múltiple y de una entrada, emitidas por las Embajadas, Consulados Generales y Consulados de Japón al 2 de diciembre de 2021, y que fueron suspendidas temporalmente.
Con base en las Nuevas medidas de control fronterizo (34), a partir de las 00:00 del 11 de octubre de 2022 (tiempo de Japón) no será necesario tramitar una visa para realizar una estancia corta (menor a 90 días) por motivos de turismo, actividades profesionales, negocios o visita familiar, para las nacionalidades que estaban exentas de visado antes de la pandemia de COVID-19. ”
pueden ver la información completa en este link: Sobre las nuevas medidas de ingreso a Japón a partir del 11 de octubre de 2022
Brasil
Las medidas que entrarán en vigor a partir de las 00:00 horas del 11 de octubre
Japón) son los siguientes:
- Revisión de la restricción a la entrada de extranjeros a Japón:
- reanudar la solicitud de visa de Turismo Individual
- Se reanudará la emisión de visas de corta duración para visitantes conocidos
- Se reanudará la emisión de visados de entrada múltiple de corta duración; *Sobre el tratamiento de entradas múltiples para brasileños, consulte el siguiente enlace: https://www.br.emb-japan.go.jp/files/100118140.pdf
- se reanudará la emisión de visas de tránsito;
- Con respecto a los extranjeros que viajan por motivos de negocios y larga estancia, ya no será necesario solicitar justificante de inscripción en el “Sistema de Seguimiento de Entrantes, Retornados” (ERFS). Es decir, no será necesario la presentación de “Uketsukezumisho”.
- Revisión de las inspecciones sanitarias:
Con la excepción de los retornados y recién llegados a Japón que presentan sospecha de síntomas de infección por el nuevo coronavirus, ya no se realizarán pruebas al ingreso al país, aislamiento residencial u otro alojamiento, monitoreo durante el período de aislamiento, restricción del uso del transporte público. Sin embargo, todos los retornados y recién llegados a Japón deben proporcionar un certificado de vacunación contra Covid-19 (que consta de 3 dosis), con vacunas incluidas en la lista de emergencia de la Organización Mundial de la Salud (OMS), o una certificado de prueba negativa recogido dentro de las 72 horas antes del envío.
- Otros
- Las visas que habían sido suspendidas temporalmente se vuelven válidas de nuevo, siempre que su fecha de vencimiento no haya vencido;
- Medidas de exención de visa, que se suspendieron temporalmente debido a pandemia, a partir de ahora se restablecerán (sin embargo, es necesario obtener de visas para brasileños que solicitan una visa de corta estancia).
Pueden ver el archivo en el siguiente link: https://www.br.emb-japan.go.jp/files/100403788.pdf
Argentina
En el portal web de la Embajada de Japón en Argentina se compartió la siguiente noticia:
* A partir del 11 de octubre de 2022 se reanudará el convenio de exención de visados entre Argentina y Japón.
Por otra parte, a partir de dicha fecha tampoco se requerirá la presentación del certificado ERFS para los trámites de visas.
En el marco del acuerdo sobre exención de visado entre Argentina y Japón, las personas con nacionalidad argentina no necesitan visa para ingresar a Japón, (si fuera) por motivos turísticos de un período de estadía menor a los 90 días.
Estados Unidos
A partir del 11 de octubre de 2022 a las 0:00 a. m. (JST), los ciudadanos extranjeros que cumplan con TODOS los criterios a continuación ya no estarán obligados a obtener una visa.
Ciudadanos estadounidenses o ciudadanos extranjeros de países con exención de visa (lista de países con exención de visa).
Estancia de corta duración (menos de 90 días)
El propósito de la visita es turismo o negocios/conferencia/estudio
*El acuerdo de exención de visa con los Estados Unidos NO se aplica a COE: Titulares del Certificado de Elegibilidad, viajes a Japón para actividades relacionadas con los medios de comunicación, asistir a declaraciones tomadas por el Cónsul de los EE. UU. o empleados del Gobierno Federal de los EE. UU. de la misión oficial.
Se levantará la suspensión temporal de validez de visas de entrada única y visas de entrada múltiple (incluidas las tarjetas de viaje de negocios APEC) emitidas antes del 1 de diciembre de 2021.
Su visa o tarjeta APEC no debe estar vencida cuando ingrese a Japón.
*Tenga en cuenta que todos los participantes, incluidas las personas de países exentos de visa, aún deben cargar un resultado de prueba de COVID-19 previo a la salida o un certificado de vacuna válido a través de Fast Track/My SOS: consulte «Información sobre medidas fronterizas».
Ver la información completa en el siguiente link: Visa and Travel Information
Si quieres conocer mas sobre los cambios realizados para cada país puedes dar clic en este enlace: Exemption of Visa (Short-Term Stay) ingles/Japonés
Ver programa radial latin-a del 28 de septiembre donde se habla sobre los cambios en el visado de corto plazo en Japón con el especialista Marcos Nakashima: ver video