Visa por matrimonio tras separación o divorcio 

El visado recibido por matrimonio, tras el divorcio ya no es posible renovar, pero en caso de tener algún motivo de fuerza mayor que obligue a la persona tener que seguir viviendo en Japón o si tiene el deseo de seguir residiendo en Japón por algún motivo personal, existe la posibilidad de tramitar una solicitud de algún tipo de visado que justifique la razón por la que desea seguir residiendo en Japón.

Tres casos en los que existe la posibilidad de conseguir un nuevo visado:

POR DIVORCIO:

Al divorciarse e informar a la oficina de inmigración del hecho, en un período de 14 días, según las circunstancias en que se encuentre, podría recibir un tiempo de 6 meses aproximadamente para que pueda realizar una nueva solicitud de visado.

Deberá seleccionar el tipo de visado que desea solicitar y demostrar que reúne los requisitos necesarios exigidos, mediante declaraciones y presentando documentación que respalde sus argumentos.

POR FALLECIMIENTO:

En caso de fallecimiento, se deberá informar a la oficina de inmigración en un período de 14 días y si desea continuar viviendo en Japón, presentar una solicitud por escrito explicando las circunstancias en la que se encuentra residiendo y el motivo por el cual desea continuar viviendo en Japón.

SEPARACIÓN POR MALTRATOS:

En estos casos es muy recomendable que cuente con pruebas de los maltratos sufridos por violencia doméstica como fotos, recibos por tratamiento médicos, certificado médicos, denuncias policiales, declaraciones testimoniales, etc.

En estos casos mayormente las personas están casadas o en proceso de divorcio. En este tipo de solicitudes de visa se solicita la extensión por el matrimonio y básicamente se debería presentar los documentos del cónyuge, lo cual se hace complicado en la mayoría de los casos por causa de la separación, pero igualmente deberá explicar las circunstancias y tratar que la oficina de inmigración comprenda su situación. 

Visa después del divorcio: 

VISADO ESPECIAL DE RESIDENCIA:

Existen consideraciones especiales que se toman para recibir un visado especial de residencia después del divorcio.

Detalles sobre las circunstancias de su residencia actual, todo su historial migratorio y los antecedentes registrados durante su residencia en este país y en el extranjero son puntos para considerar al momento de analizar su solicitud.

Requisitos mínimos que debemos tener en consideración.

  • Tener un mínimo de 3 años de matrimonio
  • Estar al día en sus deberes como ciudadano residente en Japón 
  • No tener antecedentes policiales 
  • Contar con ingresos estables
  • Es recomendable reportar el divorcio a la oficina de inmigración dentro de los 14 días.
  • Tener un conocimiento básico del idioma japonés
  • Deberá contar con un garante idóneo

En caso de contar con hijos sean estos dependientes o no, existen otros detalles a considerar:

  1. CON HIJOS MENORES O DEPENDIENTES: se considerará 
  • sí cuenta con la guarda y custodia del hijo.
  • Si los hijos van a la escuela japonesa
  • Si demuestran arraigamiento

2.- SIN HIJOS, HIJOS MAYORES DE EDAD, NO CUENTA CON LA GUARDA Y CUSTODIA DEL HIJO, NO CONVIVENCIA CON LOS HIJOS: Se considerará

  • El tiempo de residencia en Japón (promedio de 10 años)
  • Contar con ingresos claramente estables 
  • Historial laboral
  • Antecedentes policiales
  • Obligaciones como ciudadano al día
  • Si tiene hijos, demostrar la mantención a ellos o a su excónyuge, etc.

El tema de la visa por matrimonio tiene muchas circunstancias que deben ser consideradas al momento de solicitar un visado especial, siempre es recomendable consultar con un especialista en el área y con demostrada experiencia, siempre al realizar preguntas sobre su caso el especialista debería estar en la capacidad de poder explicarle detalladamente en el momento las posibilidades de la aprobación de su caso y los motivos que sustentan esta posibilidad, solo de esta forma usted podrá estar seguro de que su caso se encuentra en buenas manos.

Por: Lic. Marcos Nakashima
Daikei Consulting www.daikeicorporation.co.jp
consulta@daikeicorporation.co.jp
Teléfono: 03-6868-4200

You cannot copy content of this page