Sobre la deportación en Japón

¿Es posible que un extranjero que haya salido de Japón por deportación o por orden de salida, pueda reingresar?
Impedimento de ingreso a Japón:
Existen casos en los que un extranjero logra sacar el Certificado de Elegibilidad en Japón y luego en su país de residencia realiza la entrevista en el consulado de Japón donde también le aprueban el ingreso. Al llegar a Japón, en el aeropuerto los oficiales de inmigración le realizan una última verificación de permiso para ingresar al país pero le niegan el permiso de ingreso. Estas negaciones de ingreso se deben a diversos motivos, como por ejemplo: no haber entregado información correcta en las solicitudes de permiso de Elegibilidad, tener antecedentes negativos, entre otros detalles, en estos casos puede existir la posibilidad que el impedimento de ingreso sea considerada como un registro de deportación.
Impedimento de ingreso después de una deportación por residencia ilegal:
Las personas deportadas o expulsadas por orden de salida de Japón por residencia ilegal, según las reglas de la Ley de Control de la Inmigración, como principio general, no puede volver a entrar durante un período llamado período de «denegación de desembarque” esto quiere decir que no pueden ingresar sino hasta haber pasado el periodo de prohibición de ingreso al país.
A continuación detalles de esta medida, les aclaro que no siempre se cumple el periodo de restricción.
10 AÑOS: El período de denegación de desembarque para los que repiten la entrada de Japón (extranjeros que hayan sido deportados o expulsados de Japón por orden de salida antes), es durante 10 años desde el día de la deportación. Pero esto no significa, que pasado este periodo la oficina de inmigración apruebe su solicitud, dependiendo de los motivos de la falta cometida y las circunstancias que le rodean al solicitante.
5 AÑOS: El período de denegación de desembarque para extranjeros deportados, es durante 5 años desde el día de la deportación. Existen casos donde se le permitió el ingreso antes por ser considerado como un caso con motivos especiales.
1 AÑO: El período de denegación de desembarque para extranjero que sale de Japón por orden de salida es un año desde el día de la salida; mayormente para casos donde el extranjero se presenta por voluntad propia para retornar a su país.
Impedimento de ingreso después de una deportación por infracciones graves:
Así mismo para los extranjeros que hayan sido sentenciados a más de un año de prisión con o sin trabajo forzado, por violar la ley japonesa o extranjera, o extranjeros sentenciados por violar la ley sobre drogas (drogas estimulantes), marihuana, opio, etc., «En principio», no podrán entrar en Japón y el período de denegación de desembarque es ilimitado.
SI FUERA ESTE ÚLTIMO SU CASO, SE RECOMIENDA QUE SI INTENTA REINGRESAR, SEA SINCERO EN SUS DECLARACIONES ANTE LA OFICINA DE INMIGRACIÓN A FIN DE EVITAR SER CATALOGADO  COMO PERSONA QUE INTENTA INGRESAR UTILIZANDO FALSOS TESTIMONIOS
Lic. Marcos Nakashima
Daikei Consulting  Telf. 03-6868-4200
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