Queremos darles a conocer la Pensión Básica por enfermedad o Lesión (Shougai Kiso Nenkin) y Pensión Social por enfermedad o Lesión (Shougai Kosei Nenkin), Pensión anual según la dificultad de grado.
Pensión Básica por Enfermedad o Lesión (Shougai Kiso Nenkin)
Si el trabajador afiliado al Plan Nacional de Pensiones (Kokumin Nenkin 国民年金) sufre un accidente o una enfermedad y queda imposibilitado de trabajar, y se le diagnostica discapacidad (dificultad) de grado 1 o grado 2 estipulada en la ley de pensión nacional, recibirá una pensión. El trabajador pasará por un proceso de evaluación para determinar si puede recibir esta ayuda.
Pensión anual 972.250 yenes + cantidad adicional por hijo (para dificultad grado 1)
Pensión anual 777.800 yenes + cantidad adicional por hijo (para dificultad grado 2)
Para recibir esta pensión básica debe cumplir uno de los siguientes requisitos:
- Haber abonado (o estar exentos del pago) durante más de dos tercios durante el periodo afiliado hasta dos meses antes del mes que recibe la primera consulta médica.
- Tener menos de 65 años de edad a la fecha de recibir la primera consulta, y no tener primas no pagadas durante un año hasta dos meses antes de la fecha de consulta.
Pensión Social por Enfermedad o Lesión (Shougai Kosei Nenkin)
Si una persona afiliada a la Pensión Social (Kosei Nenkin 厚生年金) sufre de una discapacidad que corresponde al grado 1 o grado 2 de la Pensión Básica por Enfermedad o Lesión (Shougai Kiso Nenkin 障害基礎年金), podrá recibir una pensión adicional a la cantidad de la pensión básica.
Además, cuando la dificultad o discapacidad es más leve y no corresponde al grado 2, podrá recibir la Pensión Social por Enfermedad o Lesión de grado 3 (San-kyuu no Shougai Kosei Nenkin 3 級の障害厚生年金).
Los requisitos para recibir esta pensión son los mismos establecidos para la Pensión Básica por Enfermedad o Lesión.
Fuente: Servicio de Pensiones de Japón (Nihon Nenkin Kikou 日本年金機構)