El Consulado General del Perú en Tokio tiene a bien informar a la comunidad peruana que el 1 de junio del presente año, se ha publicado en el diario oficial El Peruano la Resolución Jefatural N° 72-2016/JNAC/RENIEC, mediante la cual se prorroga excepcionalmente, hasta el domingo 5 de junio de 2016, la vigencia de los DNI caducos o que estén por caducar de los ciudadanos obligados a sufragar en la segunda elección presidencial. En ese sentido, se informa a la comunidad peruana que sí se podrá votar con el DNI vencido.
Asimismo, se les recuerda las siguientes pautas:
a) Los ciudadanos peruanos que no porten su DNI físico no podrán votar y no podrán ejercer el cargo de miembro de mesa.
b) Para el caso de aquellos ciudadanos peruanos que han perdido su DNI y tienen el DNI físico anterior se aplica lo siguiente:
– Si el anterior DNI tiene la misma información del DNI vigente y extraviado (Nombre, fecha de nacimiento, dirección), el ciudadano peruano puede votar.
– Si el DNI anterior tiene dirección en Lima, los miembros de mesa pueden negarle el ejercicio del sufragio.
– No obstante lo antes s
eñalado, cabe precisar que corresponde a los miembros de mesa la verificación de la identidad de los ciudadanos peruanos que acudan a ejercer su derecho al sufragio y la decisión sobre la aceptación o rechazo de los DNI´s que presenten.
Se recuerda también que el mismo día domingo 05 de junio se podrán recoger los DNI´s pendientes de recojo en los locales de votación.
Comunicado emitido por el Consulado General del Perú en Tokio