Enmiendas en la Ley de Inmigración

¿Qué es la Ley de Inmigración?

El nombre oficial de la Ley de Inmigración es Ley de Control de la Inmigración y Reconocimiento de los Refugiados. En japonés, a menudo se dice como «Nyukan hou(入管法)«. Esta ley se refiere a las normas que rigen la entrada y salida de Japón, el visado, la estancia ilegal y los procedimientos de reconocimiento de la condición de refugiado etc.; y rige todo lo básico de los asuntos sobre visados. En otras palabras, es una ley muy importante para los extranjeros en Japón. La Ley de Control de la Inmigración ha sido noticia recientemente por sus enmiendas y propuestas de enmiendas futuras. Habrá que seguir de cerca las novedades de la ley «Nyukan hou». Este artículo examina los cambios recientes en la Ley.

Enmienda de la Ley de Inmigración que recientemente en vigor:

Recientemente, la Ley de Inmigración tuvo una enmienda que entró en vigor el 10 de junio de este año. Esta enmienda se refiere principalmente al funcionamiento del sistema del estatuto de refugiado y a la detención de los deportados. Veamos algunas enmiendas principales:

(1) Repatriación de solicitantes de refugiados:

Según la ley revisada, si una persona ha solicitado el estatuto de refugiado dos veces y se le ha denegado, y luego solicita el estatuto de refugiado una tercera vez, puede, en algunos casos, ser deportada incluso mientras solicita el estatuto de refugiado. Básicamente, no está permitido deportar a una persona mientras solicita el estatuto de refugiado; sin embargo, la ley enmienda permite la repatriación en circunstancias excepcionales, incluso si la persona está en proceso de solicitar el estatus de refugiado. El argumento del gobierno para hacer tal excepción es que hay una serie de solicitantes de refugio que recurren al estatuto de refugiado solo para evitar la repatriación, cuando está claro que en realidad no reúnen los requisitos para ser refugiados. Sin embargo, hay quienes critican esta medida diciendo que deportar a quienes están en proceso de solicitar el estatuto de refugiado podría contradecir a la Convención sobre el Estatuto de los Refugiados.

(2) Establecimiento de un nuevo sistema de medidas de Supervisión:

En cuanto a las personas actualmente sujetas a deportación, todas corren el riesgo de ser detenidas. La decisión de detener queda en manos de las autoridades de inmigración y no hay posibilidad de revisión judicial previa. Esto significa que pueden ser detenidos de manera uniforme, independientemente de la necesidad de detenerlos. Además, ni siquiera se ha fijado un periodo máximo de detención. Sobre este sistema de detención, la ONU (Organización de las Naciones Unidas) ha solicitado al gobierno japonés que modifique la ley sobre la detención de los deportados; por lo que, el gobierno japonés estableció un nuevo sistema llamado Sistema de Medidas de Supervisión (Kanri Sochi Seido監理措置制度) a través de esta enmienda.

El sistema de medidas de supervisión es un sistema por el que, en lugar de detener al sujeto, este es vigilado por un supervisor autorizado por las autoridades de inmigración quien está obligado a informar a las autoridades de inmigración. Sin embargo, se deja a las autoridades de inmigración la decisión de aplicar o no este sistema, finalmente, el hecho es que todos los deportados corren el riesgo de ser detenidos indefinidamente. Además, el propio sistema de medidas de supervisión también se enfrenta a grandes problemas, ya que normalmente se supone que la persona que se convierte en supervisor apoya al sujeto, pero está obligada a informar a las autoridades de inmigración y, además, está sujeta a sanciones administrativas si no informa correctamente, lo que significa que tiene que actuar como una especie de peón para las autoridades de inmigración. Un sistema así dificultaría que los partidarios del sujeto intentaran voluntariamente convertirse en supervisores, y algunos han criticado el sistema por ser muy poco razonable.

A propósito, como en el pasado, se mantendrá el sistema de libertad provisional (Karihomen仮放免) para los deportados.

3. Enmienda más recientes de la Ley de Inmigración:

La última enmienda de la Ley de Inmigración se promulgó el 14 de junio de este año; está previsto que entren en vigor en 2027.

Esta enmienda incluye la creación de una nueva tarjeta integrada entre la tarjeta “my number card” y la tarjeta de residencia (zairyu card), la supresión del estatuto de residencia de formación técnica (ginou jissyu技能実習) y la creación de un nuevo estatuto de residencia denominado “empleo formativo” (Ikusei syurou育成就労), y una revisión del sistema de permisos de residencia permanente.

(1) Nueva tarjeta de integración entre My number card y la tarjeta de residencia:

En la actualidad, las personas que tienen dos formas de identificación (My number card y zairyu card) tienen que hacer los trámites para cada una por separado, lo que resulta incómodo. El objetivo es resolver esta situación integrándolas. Sin embargo, no es obligatorio y seguirá siendo posible no integrarlas.

(2) La supresión del estatuto de residencia de formación técnica:

El estatuto de residencia de formación técnica va a suprimirse, ya que ha sido un problema social durante muchos años, con numerosas denuncias de violaciones de los derechos humanos, entre ellas una serie de desapariciones de aprendices sometidos a duras condiciones de trabajo.

(3) Establecimiento de nuevo visado de formación empleo:

El objeto del nuevo visado “empleo formativo” es contratar y desarrollar recursos humanos como parte de la mano de obra de Japón. El objetivo principal es desarrollar recursos humanos que puedan obtener el visado de especificación técnica (Tokutei ginou特定技能).

(4) Ampliación de los motivos de revocación de la residencia permanente:

Se han añadido motivos adicionales para la revocación de la residencia permanente. Se han añadido como motivos de revocación de residencia permanente los atrasos en el pago de impuestos y cotizaciones a la seguridad social y el incumplimiento de las obligaciones derivadas de la Ley de Inmigración.

Por supuesto, las infracciones leves o los atrasos fiscales no darán lugar a la revocación de la residencia permanente. Sin embargo, el artículo es ambiguo y, en última instancia, las autoridades de inmigración disponen de un amplio margen de discrecionalidad para revocar la residencia permanente. Esta enmienda ha sido muy criticada, ya que desestabiliza el estatuto de los residentes permanentes.

 

Por Abogado Yohei Oda 
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