– ¡No subestimen las intimaciones y órdenes de embargos por facturas impagas! –
En el mes de mayo comienzan a llegar las facturas del impuesto municipal «juminzei (shiminzei) / kuminzei” que debe abonarse en junio, agosto, octubre y enero del siguiente año. El valor del impuesto se basa en los ingresos del año anterior y en la declaración de ingresos e impuestos denominado «kakutei shinkoku” o el ajuste de fin de año «nenmatsu chosei” realizado por la empresa. Los asalariados suelen pagar estos impuestos de manera indirecta porque el empleador los deduce directamente del salario y lo debita a la administración tributaria.
Sin embargo, los autónomos, amas de casa que no son carga familiar del titular (tienen ingresos), etc., recibirán en sus domicilios estas facturas del «juminzei” y es obligación pagarlos en las respectivas fechas de vencimiento. Este impuesto es el equivalente a los servicios municipales y por residir en una jurisdicción determinada, por lo que si bien hay un cálculo preestablecido cada municipio aplica una alícuota propia según sus necesidades. O sea, aunque ganen lo mismo el valor de este impuesto puede variar de una ciudad a otra e incide directamente en el cálculo del seguro nacional de salud «kokumin kenko hoken”.
A veces, por olvido o por falta de recursos pueden ocurrir situaciones de morosidad en los pagos. En esos casos, desde la fecha de vencimiento hasta los 30 días se aplica una penalidad básica del 1.7% más el 1% y por ende es del 2.7% anual. Sin embargo, cuando pasa ese primer mes la penalidad o interés punitivo es del 1.7% más 7.3%, o sea aumenta al 9% anual. Incluso, a medida que van pasando los meses y el contribuyente no paga el municipio puede iniciar el embargo forzoso de bienes para subastarlos y cubrir la deuda impaga.
Lo usual es que al comienzo el municipio envíe una Nota de Intimación al Pago denominado «tokusokujo”. Si después de reiteradas intimaciones el contribuyente no paga, inician sin titubear el trámite de embargo de bienes «zaisan no sashiosae”. El embargo no es solamente a los bienes muebles sino también se aplica a la cuenta bancaria, ahorros a plazo fijo, etc. Desde luego, se tiene en cuenta las necesidades de manutención y gastos básicos, por lo que el embargo no es 100% sobre el salario o los ingresos que tenga el contribuyente. Sobre los bienes muebles como el televisor, vehículo, etc. el municipio lo pone a disposición en una subasta por internet y con esos recursos va cubriendo la deuda pendiente. Por eso, aunque fuere de a poco, es importante ir pagando la deuda pendiente hasta cancelar la totalidad a fin de evitar estos trastornos y malos momentos. En esto a medida que pasa el tiempo el interés punitorio se va acumulando sobre la deuda y eso hace que cada vez se vaya alejando las posibilidades de cancelación.
Cuando el contribuyente fue afectado por una catástrofe natural, incendio, robo, enfermedad, etc. el municipio puede suspender el cobro forzoso del «juminzei”, pero no significa que quede eximido del pago. Solo cuando se declara judicialmente en quiebra «jiko-hasan” o por una situación inevitable se beneficia con el cobro del subsidio de subsistencia «seikatsu-hogo” durante más de tres años, la obligación tributaria puede caducar por completo.
Algunos especulan «avivadamente” que estas deudas prescriben. Es cierto, en 5 años prescribe, pero mientras el municipio sigue enviando las intimaciones o está en trámite de embargo ese tiempo no se contabiliza para la prescripción de la deuda, por lo que según comentan los abogados tributaristas de hecho casi nunca prescribe el «juminzei”. Lo mismo ocurre cuando un extranjero se regresa a su país y regresa en unos años. Ese tiempo no se contabiliza.
Ya ha habido innumerables casos de latinos que cuando retornaron a Japón después de varios años recibieron una parva de facturas del impuesto municipal y del seguro de salud, desde luego con sus respectivos intereses punitivos. Eso pasa porque al momento de dejar Japón no cancela debidamente todas las cuentas y no hacen el debido cambio de domicilio. Por más que por esa ausencia caduque el visado, la obligación de pagar los impuestos no caduca.
Las facturas impagas del seguro nacional de salud «kokumin kenko hoken” tienen un tratamiento similar de intereses punitivos y embargo, con el agravante de que aunque tenga la tarjeta del seguro «hokensho” deberá pagar en cada visita médica, tratamiento y medicamentos recetados, el 100% del valor para luego obtener el reintegro correspondiente. O sea que si no tiene suficiente dinero en efectivo no podrá realizar ningún tratamiento médico y mucho menos una operación.
Cabe señalar que este tipo de deudas jamás prescriben porque la administración municipal se encarga de intimar y tramitar el embargo para que no corra el tiempo de prescripción. Y aunque cambien de domicilio a otro municipio de otra prefectura, la situación de morosidad no cambia en absoluto pues toda esa información se cruza de inmediato. Aunque hayan vivido en Nagoya (Aichi) y luego se muden a Narita (Chiba), la parva de facturas del anterior municipio llega y los persigue a cualquier municipio de Japón hasta finalizar su total cancelación.
Siempre es necesario calcular que aproximadamente el 30% del salario se va en deducciones de seguridad social e impuestos. A esto habrá que agregar la deuda hipotecaria los que han comprado casa y/o la cuota que deben pagar por la compra en cuotas (vía tarjeta o financiación de la tienda) de un coche o muebles.