Al casarse con un extranjero residente en Japón o con una persona de nacionalidad japonesa, tiene la posibilidad de recibir un visado para residir en Japón, aunque no siempre es así, ya que existen muchos casos en los que se termina no recibiendo el visado o permiso para vivir en este país. Realmente cada caso es diferente, se tomará en cuenta muchos detalles que son de interés para Japón.
Por ejemplo, imagínese que está en su casa, disfrutando de mucha tranquilidad gracias al trabajo y esfuerzo que realiza usted y cada miembro de su hogar. De pronto, un día se acerca una persona, le toca la puerta y le dice: ¿me permite vivir en su casa?; lo primero que usted haría es preguntarse ¿Quién es?, ¿de dónde viene?, ¿Por qué tocó la puerta de su casa?, ¿será una persona peligrosa?, etc.
Esto es lo que sucede cuando una persona solicita a inmigración una visa para residir en este país. Recuerde, no se trata de exigir, se debe brindar confianza ¿o dejaría usted ingresar a su casa a alguien en quien no confía?
Y si el visitante le dice que el motivo por el cual desea vivir en su casa es porque se casó con uno de los miembros que conforman su hogar. Si esa fuera la situación, usted querrá saber ¿con quién se casó?, ¿cuándo?, ¿dónde?, ¿por qué?, ¿cómo?; desearía comprobar si lo que dice es real o acaso sería lógico que solo por estar casado con un residente de su hogar usted le abriera la puerta de su casa y le dejara convivir con su familia. Lo más seguro es que, aunque dicha persona esté casada con un miembro de su hogar, desee indagar un poco más sobre este visitante.
Le pregunto ¿Qué requisitos le exigiría usted a dicha persona, si de usted depende la seguridad y la tranquilidad de su hogar?
Pues lo mismo sucede cuando le dice a la oficina de inmigración que desea un visado por matrimonio, no es simplemente que por estar casado con un residente en este país, la oficina de inmigración le otorgará el visado. Esta entidad debe ayudar a salvaguardar la seguridad y el orden, aceptando o denegando los permisos de residencia o visados que le son solicitados.
¿Divorcio?
Una ves que cumplió con todos los requisitos exigidos por sistema japonés, se casó, pero por algunos de los miles de motivos (infidelidad, violencia doméstica, problemas de drogas, incompatibilidad de caracteres, etc.), terminó divorciándose.
El motivo por el cual le dieron el visado o permiso de residencia era el matrimonio, pero si el matrimonio se acabó y desea seguir residiendo legalmente en Japón ¿Qué es lo que puede hacer? Existen varias circunstancias y detalles que se tomarán muy en cuenta en estos casos, tales como el tiempo de matrimonio, la edad de la pareja, los lugares de residencia, los tipos de trabajos realizados, la convivencia, los hijos y sus edades, el arraigamiento de todos los miembros de la familia en Japón, la estabilidad económica, el cumplimiento con sus deberes como ciudadanos, los antecedentes policiales y penales, periodos de residencia en el exterior, habilidades personales, el salario, la carga de familia, etc.; en fin son muchos los detalles que se deben tomar en cuenta.
Retomando el tema del visitante que tocó a su puerta y ahora, después de algún tiempo de convivencia le dice que se divorció pero que quiere seguir viviendo en su casa ¿Qué le diría usted?, ¿dejaría que siga conviviendo con toda su familia o lo sacaría de su casa, aunque no quiera abandonar su hogar? Lo lógico es que, si se divorció, debe salir de su casa ¿verdad?
Lo mismo sucede con la oficina de inmigración, la persona que desee quedarse deberá presentar explicaciones, demostrar de “forma adecuada”, que es una persona de buen vivir y de confianza, pero deberá respetar la forma de pensar de la cultura japonesa, es por ese motivo que se recomienda siempre estar correctamente asesorado buscando a especialistas en el área que le puedan ayudar.
La oficina de inmigración no hace nada diferente a lo que cualquiera de nosotros haría para proteger nuestro hogar, ellos son los oficiales encargados de cuidar quien ingresa y quien sale de esta casa llamada Japón.
Visa después del divorcio y el visado especial:
Existen muchas circunstancias en las cuales podría existir la posibilidad de recibir un visado especial y poder seguir residiendo en Japón y poder realizar todo tipo de actividad. Estos son algunos casos:
- SI está casado con un nacional japonés por más de 3 años, y se divorció.
- Si tiene hijos y tiene la “Patria Potestad” (sistema jurídico japonés)
- Si debe mantener a los hijos (bajo una sentencia dictada en Japón)
- Si tienes aproximadamente 7 años residiendo permanentemente.
- Si falleció el cónyuge.
- Si tiene estabilidad laboral e ingresos regularmente altos.
- Si realiza un trabajo especializado.
- Si tiene posibilidad de calificar para otro tipo de visado.
- Si su divorcio se dio por violencia doméstica y cuenta con pruebas, etc.
Todos los casos tienen circunstancias distintas por lo que siempre se deberá tomar cuidado al momento de presentar la explicación a inmigraciones, recuerde que está explicando su caso a un oficial de inmigración cuya responsabilidad es cuidar y vigilar el orden y la seguridad de este país.
Si toma en cuenta todo lo antes mencionado podrá ver si califica básicamente para un visado especial, pero recuerde que existen personas que, aun habiendo cometido algunas faltas durante su estadía en Japón, recibieron visados para poder seguir viviendo aquí, esto se debe a que las circunstancias especiales del caso y las garantías necesarias calificaron para otorgarles un visado especial.
¡Asesórese siempre con especialistas en el área, la experiencia permite al especialista responder a todas sus dudas! ¡Sea siempre exigente!
Por: Lic. Marcos Nakashima
Consultoría Daikei www.daikeicorporation.co.jp
consulta@daikeicorporation.co.jp
Teléfono: 03-6868-4200