La primera generación de “Dekaseguis” sudamericanos llegó en gran parte, a partir de los años 90s. Empresas contratistas hacían todo lo posible para facilitar el viaje y así llegar a trabajar lo más rápido posible, en la hasta ahora sólida industria manufacturera japonesa.
En ese entonces algunas empresas contratistas, que no siempre involuntariamente, hacían caso omiso a las Leyes Básicas Laborales (Roudoukijyunhou); incitaban a “normalizar” dentro de nuestra comunidad, actos no regulares.
Por ejemplo, se veía Dekaseguis con sus pasaportes retenidos; sin un contrato de trabajo por escrito; haciendo al mes más de 120 horas de “zangyo” (horas extras); sin tener ningún seguro de salud público ni aportar pensión; sin recibir descansos remunerados (Yukyu), entre otras cosas más.
La “normalización” de estos puntos, sumado a la falta de interés de información, por parte de nuestra a veces indolente comunidad; ha hecho que hasta ahora sigamos sin conocer gran parte de nuestros derechos laborales, y soportando irregularidades por parte de empresas contratistas.
En SHZULATINOS todas las semanas recibimos consultas de este tipo, a las cuales atendemos con la correspondiente seriedad y cuidado; pero sinceramente, creemos desacertado, que en pleno año 2023, con la experiencia de los años que tenemos trabajando en Japón, y la abundante información que existe en estos tiempos; todavía suframos de estos problemas.
Creemos que nuestra comunidad debe avanzar también en el ámbito laboral, tratando de trabajar en empresas serias y correctas, con mejores condiciones laborales y salariales; y si es posible, estabilizándonos en una sola empresa aplicando a ser “Seishain” (trabajador fijo) de la misma.
Ahora, todo esto tiene que ir de la mano de nuestra voluntad para capacitarnos. Aprender el idioma japonés, hacer talleres y cursos de especialización, entendiendo la Cultura Empresarial Japonesa, etc.
Tenemos los medios para poder hacerlo. Todo depende de nosotros.
Información sobre los “Yukyus”, tema frecuente en las consultas que recibimos:
Las vacaciones pagadas se conceden a los trabajadores que han estado empleados de forma continua durante al menos seis meses y han asistido a más del 80% de las jornadas de trabajo. Todos los trabajadores sin importar el tipo de contrato (baito, part-time, etc), tienen derecho a 10 días de vacaciones pagadas después de seis meses de servicio.
Con la aprobación de la Ley de Reforma Laboral (Hatarakikata Kaikaku Kanren Houan), los permisos retribuidos son obligatorios desde el 1 de abril de 2019. Las empresas deben garantizar que los empleados con derecho a vacaciones pagadas disfruten de al menos cinco días de vacaciones pagadas en el plazo de un año. Además, de acuerdo con el requisito obligatorio, debe elaborarse un «registro de gestión de las vacaciones anuales retribuidas» y mantenerse durante un periodo de tres años.
※Tabla de días de Vacaciones remuneradas.

■Algunas prohibiciones en los contratos de trabajo
La Ley de Normas Laborales también establece lo que no se debe incluir en los contratos de trabajo:
① hacer que el trabajador pague una penalización en caso de que incumpla el contrato de trabajo, o estipular por adelantado el importe de la indemnización. Esto prohíbe fijar sanciones o estipular por adelantado la cuantía de los daños. Por esta razón, no está prohibido que la empresa reclame una indemnización por los daños reales causados por la intención o el descuido del trabajador sin prometer la cuantía de la indemnización.
②Prestar dinero a un trabajador con la condición de que trabaje, y hacer que éste lo devuelva deduciéndolo unilateralmente de su salario mensual.
③ Obligar a los trabajadores a reservar dinero para la empresa: Está prohibido obligar a los trabajadores a acumular dinero para la empresa. Sin embargo, en determinadas condiciones, se permite que un trabajador confíe a la empresa la gestión de sus ahorros por iniciativa propia, independientemente del contrato laboral.
Por: Carlos Watanabe – SHIZULATINOS.