El Jido Teate es una ayuda económica otorgada a personas con registro ciudadano en Japón que tengan a su cargo niños que cumplen las condiciones para ser beneficiarios. Sin embargo, las personas que tienen la categoría de visa de «corta permanencia” o «entretenimiento”, o que no poseen visa, no podrán recibirlo. Cabe mencionar que a partir del 1 de abril del 2012, este subsidio dejó de llamarse «Kodomo Teate” para volver a su nombre anterior «Jido Teate”.
Esta ayuda es otorgada a niños desde 0 años hasta los que cursan el último año de la escuela secundaria básica (hasta el 31 de marzo del año fiscal en que cumplen 15 años). También se otorga a los niños que residen en el exterior por motivos de estudio. Los montos otorgados son:
– De 0 hasta antes de cumplir 3 años: 15,000 yenes.
– De 3 años hasta terminar la primaria (shogakko):
10,000 yenes para cada uno de los dos primeros hijos y
15,000 yenes a partir del tercero.
– Para los niños que cursan la escuela secundaria (chugakko):
10,000 yenes y 5,000 en caso de que los ingresos de la persona que está a su cargo supere el límite de ingresos establecido. La cantidad de límite de ingresos difiere dependiendo del número de familiares dependientes y varias deducciones, para más detalles consulte en su municipio.
Esta ayuda económica es abonada a la cuenta bancaria de la persona que tiene a su cargo al niño cada cuatro meses (junio, octubre y febrero); depositándose la suma correspondiente a los 4 meses previos.
Para recibir el Subsidio Infantil (Jido Teate) es necesario realizar la solicitud en la oficina municipal de la zona de residencia. Los documentos a presentar son:
– Solicitud de Aprobación del Subsidio Infantil (Jido teate nintei seikyusho)
– Copia de la tarjeta de seguro de salud del solicitante (en caso de estar inscrito al seguro de salud)
– Copia de la libreta de banco del solicitante (sólo se acepta la cuenta del solicitante)
Además, de acuerdo a la necesidad, se le pedirá otros documentos. Los niños que están estudiando en el exterior deben tener dirección en Japón por más de 3 años consecutivos hasta la fecha anterior a su salida, estar residiendo en el exterior por motivo de estudio y no estar viviendo con sus padres (si tiene tutor de un menor, dicho tutor) y tener menos de 3 años de haber salido de Japón.
En caso de nacimiento de un niño o mudarse a otra ciudad, pueblo o distrito; se debe hacer el trámite en un plazo de 15 días. Tenga cuidado porque si se retrasa en hacer el trámite, no podrán recibir el subsidio durante algunos meses.
Además, se debe hacer un nuevo trámite si:
– El solicitante o el niño beneficiario salen del país.
– El solicitante deja de proveer sustento al niño o vivirá separado de este.
– Si varía el número de niños beneficiarios por nacimiento o muerte de alguno de ellos.
– Si se cambia de cuenta bancaria en la que se recibe el subsidio.
– Si el solicitante se convierte en funcionario público; entre otros.
Las personas que estaban recibiendo el Subsidio para Niños (Kodomo Teate) hasta marzo de 2012, no necesitan hacer el trámite pero deben tener en cuenta que será necesario presentar la Notificación de la Situación Actual (Guenkyo-todoke) al igual que todas las personas que reciben esta ayuda; en caso de no hacerlo no podrán recibir el subsidio, para más detalles consulte con su municipio. Las personas que tienen derecho a recibir esta ayuda desde octubre del 2011 y que aún no hicieron el trámite de solicitud, podrán hacerlo retroactivamente hasta fines de septiembre del 2012.
Por: Roxana A. Oshiro