Actualizado en abril de 2022. Lic. Alberto Matsumoto
Para las personas con discapacidades, sea de tipo físico o psíquico, se contemplan una gama muy amplia de ayudas públicas y una serie de servicios específicos para facilitar su vida familiar y social. En abril de 2013 entró en vigor la Ley General de Ayuda a los Discapacitados «Shogaisha Sogo Shien-ho», cuyas sucesivas reformas se adaptan a las nuevas necesidades de los discapacitados y de sus familias.
Ante todo, deben constatar el grado de discapacidad que la autoridad pública haya establecido, sea si es congénito, por accidente o enfermedad. Incluso, una persona que ha tenido una cirugía de corazón con válvulas artificiales puede luego tener la categoría 1 o 2 porque, aunque lleven una vida social medianamente normal es difícil que pueda trabajar como antes de la operación.
Las categorías de discapacidades señaladas en la Ley de Siniestros Laborales «rosai hoken-ho» son también una referencia. Por eso, hay situaciones en que el dictamen de la discapacidad es más simple y sistematizado, pero las mentales-psíquicas requieren de una examinación minuciosa con un seguimiento para corroborar mejoras o retrocesos. Y cuando se trata de enfermedades de difícil curación «nambyo», la familia debe asesorarse también en los servicios de cuidado del seguro «kaigo hoken» para complementar las ayudas públicas.
Cuando hay progresos o mejorías en las lesiones o enfermedades la misma ley promueve la reinserción social, laboral y familiar. Y en las secuelas por accidentes laborales o de tránsito suele haber solo una paga determinada como compensación, aunque el «rosai hoken» contempla una pensión vitalicia cuando esa incapacidad es grave.
De todos modos, el discapacitado o el familiar que tiene el custodio debe tramitar la libreta de discapacitado «shogaisha techo/card» ante el municipio (ver cuadro). La libreta será reemplazada por una tarjeta, pero ambas son válidas. Deben ir a la sección «shogaisha fukushi» con el reporte médico, el my number card y demás requisitos que establece el municipio. Es derivado a un proceso de examinación que lleva de uno a cuartos meses. Según la Prefectura, puede variar algunos criterios de aprobación o negación de la solicitud e incluso cuando son discapacidades pasibles de mejoras con rehabilitación y tratamiento es muy posible que no le emitan la libreta. Incluso, en cada renovación se requiere un proceso examinación y eso puede implicar un cambio de categoría.
La renovación varía según el grado de discapacidad y es cada de uno a cinco años. Hay libretas donde no figuran la fecha de caducidad porque su gravedad implica un tratamiento y apoyo muy prolongado y su curación o mejora es casi nula.
La tenencia de una libreta o tarjeta como discapacitado implica diversos beneficios en la vida social:
1) Subsidios para los gastos médicos, compra de silla de ruedas y demás soportes como las refacciones dentro del domicilio para facilitar la movilidad; deducciones específicas en los tributos por discapacidad o familiar con discapacidad; descuentos en los pasajes de tren JR, aviones, taxi, autobús urbano, peaje de autopista, tarifa de NHK, tarifa de teléfono, ingreso a museos y jardines zoológicos, etc.
2) Las empresas con más de 50 empleados tienen la obligación de contratar más del 2% del personal con trabajadores discapacitados. A cambio, el Estado paga un subsidio a las firmas por haber promovido estos empleos, aunque cuando no llega al 2% le facturan una suma que el empleador debe pagar.
Según el municipio, puede haber descuentos en las tarifas de agua y diversos beneficios indirectos para promover la integración en la sociedad.
La nueva Ley ha sistematizado las ayudas públicas en a) los apoyos para tratamiento «kunren-to kyufu», b) apoyos para cuidados específicos «kaigo kyufu», c) medicina para mejorar la reinserción social, d) ampliación de los centros de consulta, etc. (ver cuadro adjunto). El a) son programas de inserción laboral, cursos de capacitación y entrenamiento y subsidios para que puedan vivir más cómodamente en la vivienda o en apartamentos grupales. El b) son los cuidados y servicios que contempla el seguro «kaigo hoken«, sean a domicilio o en los apartamentos grupales.
Las consultas sobre los complejos trámites y procedimientos deben dirigirse al municipio donde según el tipo y la gravedad de la discapacidad son derivados a oficinas especializadas. Cuando se trata de pacientes que por un accidente o enfermedad fueron internados y quedaron con serias secuelas el mismo hospital a través de la asistente social suele orientar en los procedimientos a seguir.
Las pagas que contempla por discapacidad son:
1) Asignación por Discapacidad para menores «shogaiji fukushi teate» (hasta los 20 años de edad): 14,850 yenes por mes. La discapacidad debe ser del grado 1 o 2.
2) Asignación Especial por Discapacidad «tokubetsu shogaisha teate» (de 20 años de edad en adelante): 27,300 yenes por mes. La discapacidad debe ser mayor al grado 2.
En ambos casos deben presentar una serie de documentaciones y el my number card. Las pagas se realizan en los meses de febrero, mayo, agosto y noviembre. Por otra parte, entre los días 12 de agosto y 11 de setiembre, los beneficiarios y los que lo sustentan tienen la obligación de presentar la constancia de ingresos «shotoku jokyo todoke» porque estas pagas están sujetas a los ingresos y a la composición de la unidad familiar donde habita el discapacitado. Solo como ejemplo: si el discapacitado tiene un ingreso que supera los 3.6 millones al año y no tiene hijos, pero los ingresos de la familia superan los 6.2 millones, no podrá cobrar estas asignaciones. No es un subsidio que pueden cobrarlo de manera automática y deben declarar año a año los cambios en los ingresos, sean salariales o por actividad.
Y desde el sistema de pensiones de Japón contempla lo siguiente: Cuando están en el grado de discapacidad 1 o 2, según si están aportando al seguro nacional de jubilación (autónomo) o al seguro de jubilación del «shakai hoken» (asalariado), pueden tramitar la pensión de discapacitado «shogai kiso nenkin» o el «shogai kosei nenkin». También hay otra paga denominada «tokubetsu shogai kyufukin», pero en cualesquiera de los casos es importante que se asesoren debidamente en la Oficina de Pensiones.
Por otra parte, cuando el discapacitado tiene impedimentos psico-físicos graves para administrar sus bienes y la cuenta bancaria, el mismo municipio tiene un servicio de administración llamado «zaisanhozen-kanri service». No es gratuito y debe ser gestionado ante la Oficina de Bienestar Social.
Si el discapacitado está en sus capacidades puede nombrar un apoderado «dairinin» o curador «sienen kokenin» de manera opcional (familiar o abogado) o por decisión judicial del tribunal de familia (generalmente un abogado) con las debidas atribuciones para que administre sus bienes.
Para los trámites mencionados desde luego están los abogados «bengoshi» pero también los gestores laborales y de la seguridad social llamados «shakaihoken romu-shi» que conocen la praxis de estos complejos trámites.
Shogai-Fukushi Service 2018: https://www.mhlw.go.jp/content/12200000/000501297.pdf
Shogai-Fukushi-MLHW: https://www.mhlw.go.jp/stf/seisakunitsuite/bunya/hukushi_kaigo/shougaishahukushi/index.html Legislación, políticas públicas y programas de ayuda.
Grado de discapacidades físicas y psíquicas-MLHW: https://www.mhlw.go.jp/stf/seisakunitsuite/bunya/koyou_roudou/roudoukijun/rousai/syogai.html
Pensión por discapacidad: https://www.nenkin.go.jp/service/jukyu/shougainenkin/jukyu-yoken/20150401-01.html
Curador «seinen kokenin»: https://guardianship.mhlw.go.jp